A- de 2021
Ponente Alejandro Linares Cantillo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Jurisprudencia del Consejo de Estado
- Contencioso Administrativo y Ordinaria Civil
- Competencia de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
- Competencia de la Jurisdicción Ordinaria Civil
- Naturaleza jurídica
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de Jurisdicciones entre el Tribunal Administrativo del Caquetá –Sala Transitoria– y el Tribunal Superior de Florencia (Caquetá).
La controversia se origina en una demanda ordinaria de mayor cuantía que interpuso un ciudadano en contra de la Electrificadora del Caquetá S.A.
E.S.P., pretendiendo que se declarara la responsabilidad civil extracontractual por la muerte de un menor de edad que pisó una cuerda de la luz electrificada tirada en el suelo.
En la demanda se alegó negligencia o descuido en el servicio por parte de la entidad, consistente en el pésimo mantenimiento de las redes conductoras.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuesto objetivo, normativo y subjetivo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte determinó que le corresponde al Tribunal Administrativo del Caquetá conocer el precitado proceso.
Se ordena remitir el expediente a esta Corporación para que, de manera inmediata, continúe con el trámite de la referida demanda y comunique la presente decisión al otro operador jurídico involucrado y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
La regla de decisión que se aplicó en este caso fue aquella que establece que el conocimiento de las demandas de reparación directa que se hubiesen presentado en contra de las empresas de servicios públicos domiciliarios de carácter mixto, antes de la entrada en vigor de la Ley 1107 de 2006, le corresponde a la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo.
Ello, en aplicación de los artículos 33 de la Ley 142 de 1994 y 82, 83 y 86 del antiguo Código Contencioso Administrativo (CCA), y teniendo en cuenta la calidad de entidades públicas de dichas empresas, de acuerdo con los conceptos 1066 de 1997 y 1662 de 2005 de la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Tribunal Administrativo del Caqueta y el Tribunal Superior de Florencia, y DECLARAR que el conocimiento de la demanda de reparacion directa presentada por el senor Vladimir Prieto y otros contra la Electrificadora del Caqueta S.A. E.S.P., le corresponde tramitarla al Tribunal Administrativo del Caqueta.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-124 al Tribunal Administrativo del Caqueta para que, de manera inmediata, continue con el tramite de la referida demanda y comunique la presente decision al Tribunal Superior de Florencia de y a los sujetos procesales e interesados dentro del tramite judicial correspondiente.
- Tercero. ORDENAR a la Secretaria de la Corte Constitucional que corrija la caratula del expediente en el sentido de indicar que las autoridades judiciales involucradas son: el Tribunal Administrativo del Caqueta y el Tribunal Superior de Florencia
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.